Reglamento Parcial Nº 1 de la Ley de Propiedad Horizontal
Decreto N° 1.905 de fecha 17 de octubre de 1991, mediante el cual se dicta la Reforma al Reglamento Parcial Nº 1 de la Ley de Propiedad Horizontal, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 34.831 de fecha 31 de octubre de 1991.
Regula el régimen de propiedad sobre las viviendas, terrenos y demás bienes, así como la regulación de otros derechos y obligaciones, en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
Decisión que permite 1% + gastos de cobranza + indexación (hubo deposito de neto)
Decisión del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
10/01/2007
Sentencia que permite el cierre de urbanizaciones o sectores por el Derecho Constitucional a la Seguridad por encima del Derecho Constitucional al Libre Tránsito
Decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
27/09/2000
Sentencia confirmatoria que permite el cierre de urbanizaciones o sectores por el Derecho Constitucional a la Seguridad por encima del Derecho Constitucional al Libre Tránsito
Decisión del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional.
31/08/2001
Compendio del Manual de Urbanidad y Buenas Maneras de Manuel Antonio Carreño
Contiene lecciones y consejos sobre cómo deben comportarse las personas en lugares públicos y privados, tales como el hogar, la familia, la escuela y el trabajo.
1853
Contiene toda la información sobre el procedimiento de despacho virtual para todos los Tribunales que integran la Jurisdicción Civil a nivel nacional.
05/10/2020
Acceso a ver el estatus de los Expedientes de los Tribunales
Cuando introduzca demandas en Venezuela y desees por ejemplo, revisar su estatus o llenar las planillas para consignar los recaudos o los emolumentos, en la pestaña "FORMATOS" están esas planillas que se deben llenar.
La ley, ¡pervertida! La ley y tras ella todas las fuerzas colectivas de la nación, ha sido no solamente apartada de su finalidad, sino que aplicada para contrariar su objetivo lógico.